domingo, 4 de abril de 2010

AUTORIDADES EN LAS PROCESIONES


bservatorio de la Laicidad

El Observatorio de la Laicidad denunica la presencia de autoridades, ejércitos, policía,... en las procesiones


Autor:Observatorio de la Laicidad
Fuente:Observatorio de la Laicidad
Fecha:03/04/2010


Que durante esta semana en diferentes lugares de España, especialmente en Andalucía, se ha podido ver la presencia de cuerpos del Ejército, como la Legión, de la Guardia Civil o de la Policía Nacional participando en actos religiosos católicos como las procesiones acompañando imágenes religiosas.

Que la presencia de representantes de estos Cuerpos de Seguridad del Estado o del Ejército, responde en ocasiones al nombramiento otorgado por cofradías y hermandades católicas a esas instituciones del Estado como “hermanos mayores” de las mismas.

Que la presencia de estos funcionarios en tales actos se hace en calidad de tales y uniformados como funcionarios del Estado

Que en algunas ocasiones se utiliza el himno nacional para la salida o entrada de dichas procesiones, en contra de lo establecido legalmente en el Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre, por el que se regula el Himno Nacional. Así como el Reglamento de Honores del Ejército, que de forma anacrónica mantiene el uso del himno nacional para el “santísimo sacramento”.

Estas actuaciones suelen acompañarse de la presencia de distintas autoridades, especialmente locales en tales actos, alcaldes y corporaciones municipales.

Todo ello supone una vulneración del principio de neutralidad del Estado pues pone evidencia una confusión entre el Estado y una creencia particular, en detrimento de otras creencias o convicciones. El Estado parece apostar y privilegiar una determinada opción religiosa, olvidando que es la organización política de toda la ciudadanía.

Las personas a título personal pueden y tienen derecho a manifestar sus convicciones sean religiosas o no, pero los funcionarios, las instituciones y las autoridades no pueden, en cuanto tales, apoyar con su presencia una opción particular, sin atentar a la aconfesionalidad del Estado y su neutralidad ante las distintas opciones de conciencia que pueda tener la ciudadanía.

Esta situación nos retrotrae a épocas medievales y del nacionalcatolicismo donde la confusión y unión del Estado con la iglesia privilegiaba al catolicismo por encima de cualquier otra opción personal, dando su apoyo a todo tipo de ceremonias.

La presencia de fuertes contingentes del Ejército en estos actos es probable que supongan un costo, que también sufraga el Estado, que somos todos, para beneficio de una creencia particular.

Por todo ello

DENUNCIAMOS que los hechos expuestos además de ser anacrónicos, suponen una vulneración de los principios de neutralidad y aconfesionalidad del Estado, así como una discriminación de unas convicciones, sean creencias religiosas o no, sobre otras, y en consecuencia se deben adoptar todas las medidas necesarias para evitarlo:

-Eliminar la presencia del Ejército, la Guardia Civil o la Policía Nacional en procesiones y actos religiosos de cualquier tipo y confesión.

-No aceptar y anular los nombramientos de carácter religioso a las Instituciones y Cuerpos del Estado, como “hermanos mayores” o similares.

-Denunciar e impedir el uso del himno nacional en actos religiosos, incluso modificando el Reglamento de Honores Militares de 1984 mediante la eliminación de los artículos 58, 59 y 60 que regulan los honores especiales a entes y ceremonias religiosas.

-Regular la presencia de autoridades y funcionarios públicos, para que en cuanto tales no puedan asistir a ceremonias y actos religiosos, debiendo hacerlo, si es su deseo, a título personal y no representativo del cargo o función que ostenten.

Estas medidas no suponen un ataque a la libertad de conciencia, religiosa o de culto, sino al contrario, tratan de que el Estado respete la libertad de conciencia del conjunto de la ciudadanía, que es la labor que debe asumir, sin injerencias o privilegios hacia alguna de las opciones, con independencia del apoyo social que pueda tener cada una.



Más información en los siguientes ficheros

obs_den_procesiones.pdf

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