
Hola!A ver si puedo contestar para aclararlo todo. Voy por pasos.En principio, nosotros pedimos que se cancelen los datos de los libros episcopales. Eso quiere decir que lo que queremos es que borren los datos personales de esos libros (bautismo, confirmación y matrimonio), al menos en mi caso. En eso consiste la cancelación de datos. Ningún obispado español reconoce este derecho y como mucho, algunos lo que hacen es anotar en esos libros (generalmente, el de bautismo) que la persona ya no es católica (apóstata o como dice el arzobispado de barcelona, defección de la religión).
Otros obispados ni siquiera hacen la anotación (como el de Valencia, por ejemplo).Bien, en principio, al menos en mi caso, yo no busco que anoten nada en el libro correpondiente. Lo que deseo es que borren mis datos, así que por eso se hace la denuncia ante la Agencia de Datos. La Agencia es un poco confusa en sus resoluciones hasta el momento con esto. Si bien reconoce que tenemos derecho a cancelar los datos, entiende que con la nota marginal ya es suficiente (incluso parece que para la Agencia, cancelar los datos en la iglesia católica significa precisamente hacer la anotación marginal).
Este lío lo resolverán los tribunales. Al menos, ya somos dos personas que estamos esperando sentencia en el Tribunal Supremo, que aclarará si los ciudadanos tenemos derecho o no a que se nos borren nuestros datos de los libros episcopales. De momento, lo máximo que tenemos reconocido (por la Agencia de Datos y por la Audiencia Nacional) es la anotación marginal de que ya no somos católicos, no la cancelación de datos completa. Pero es recomendable realizar la denuncia ante la Agencia de Datos reclamando la cancelación de datos, porque así queda constancia delante de ese organismo oficial que los ciudadanos no nos conformamos con la anotación marginal de que ya no somos católicos, sino que lo queremos es que nos borren totalmente los datos porque es nuestro derecho constitucional. Aunque luego la Agencia no vaya a dictaminar a favor del borrado de los datos.
Respecto al tema del libro que tiene el obispado (no el de la parroquia), en los modelos de denuncia en la web se pide que se envíe la solicitud de cancelación de datos personales tanto al obispado como a la parroquia precisamente por eso, porque tanto la parroquia como el obispado tienen una copia cada uno del libro de bautismo. Pero cuando se hace la denuncia ante la Agencia de Datos, aunque pidas que tenga en cuenta también la copia del obispado, ellos pasan de todo y sólo hacen referencia a la copia de la parroquia.
Aún así, hay que exigirlo ante la Agencia, porque tus datos están en los dos sitios. Lo que pasa es que luego pasan de eso y la Agencia sólo hará referencia en su resolución (al menos, hasta ahora) al libro de la parroquia.E independientemente de que nos concedan o no la cancelación de datos o la anotación marginal de que ya no somos católicos (apostasía o defección), podemos ejercer nuestro derecho de acceso para comprobar que realmente han hecho lo que dicen que han hecho. Y esto está explicado en el apartado de preguntas frecuentes de la web (http://www.apostasia.es/es/faq.php#acceso).
Bueno, espero haber aclarado dudas. En fin, cuando salgan las sentencias del Tribunal Supremo, veremos si por fin vemos reconocido nuestro derecho a que se nos borren todos nuestros datos o nos tenemos que conformar con la dichosa anotación marginal.
Saludos.Sergi
Colaboracion de Sergi Campillo
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