lunes, 12 de noviembre de 2012

ARGENTINA, APOSTASÍA COLECTIVA

12 Nov 2012

¡No en mi Nombre!: Apostasía colectiva en Argentina 2012 Destacado

por Convocatoria por la Apostasía
Lunes, 12 de Noviembre de 2012 22:02
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En el próximo mes de diciembre realizaremos una presentación colectiva en el Arzobispado de Buenos Aires donde le haremos llegar a la Iglesia Católica Argentina nuestras cartas de apostasía. Nos encontraremos el lunes 10 de diciembre a las 17 horas en el Arzobispado, frente a Plaza de Mayo.
En el próximo mes de diciembre realizaremos una presentación colectiva en el Arzobispado de Buenos Aires donde le haremos llegar a la Iglesia Católica Argentina nuestras cartas de apostasía.
Agrupaciones y movimientos de derechos humanos, movimientos sociales, movimientos de trabajadoras/es, movimientos de mujeres, activistas de movimientos de diversidad sexual, feministas, ateas y ateos, personas que trabajamos, militamos, participamos y resistimos a todo discurso y operación de dominación sobre nuestros cuerpos, nuestros pensares y sentires y nuestras prácticas cotidianas de liberación, opondremos a su poder pastoral el poder simbólico de nuestro radical: ¡No en mi Nombre!
La apostasía colectiva es un acto de repudio público a la manipulación ideológica y material de la Iglesia Católica en la vida ciudadana. Es una forma de manifestar el desacuerdo con su política social, sexual y económica dejando en claro que NO nos representa ni queremos que reciba, del Presupuesto del Estado Nacional, subsidios ni privilegios en nuestro nombre.
Basando su legitimidad en el alto porcentaje de personas bautizadas sin su consentimiento en el marco de un rito social naturalizado, la Iglesia implanta su moral dominante en las relaciones sociales, subyugando y condenando toda forma de vida que no se le doblegue.
Por ello, amparadxs en la ley de Habeas Data (Ley 25.326 de Protección de Datos Personales de la República Argentina) exigimos la rectificaciòn y/o supresión de nuestros datos personales de sus registros, invocando el art. 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el art. 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que garantizan la libertad de conciencia y de religión.

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